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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
103

Artículo 103 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las sesiones del congreso pueden ser de diferentes tipos según para lo que se junten. Las ordinarias son las que ya están planeadas en el calendario, mientras que las extraordinarias son las que se arman para tratar un asunto urgente. También hay sesiones privadas, donde solo entran los diputados o senadores; sesiones permanentes, que no tienen hora de término; y sesiones solemnes, que son para eventos especiales como recibir a un presidente extranjero. Cada una se usa según lo que se necesite discutir o celebrar.

Texto oficial

Artículo 103.- Las sesiones podrán ser ordinarias, extraordinarias, privadas, permanentes o solemnes.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 37) ↗

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