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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
11

Artículo 11 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un partido político se cambia el nombre, el grupo de diputados o senadores de ese partido en el Congreso (el Grupo Parlamentario) también puede cambiarse el nombre. Para hacerlo, solo tienen que avisar a todos los legisladores reunidos en la sesión (el Pleno). No necesitan pedir permiso ni hacer un trámite complicado. Es un aviso sencillo para que todos sepan que el grupo ahora se llama diferente. Esto aplica tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado.

Texto oficial

Artículo 11.- Cuando un partido político cambie de denominación, el Grupo Parlamentario respectivo podrá también cambiar su denominación comunicándolo al Pleno.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 4) ↗

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