- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 130
Artículo 130 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que la Asamblea tome una decisión o acuerdo, necesita que al menos la mitad más uno de sus miembros estén presentes en el momento de votar. Esto es lo que se conoce como "quórum", que es el número mínimo de personas necesario para que lo que se vote sea válido. Si no se cumple esa cantidad, no se puede aprobar nada. O sea, si hay 10 integrantes, deben estar al menos 6 para poder votar.
Texto oficial
Artículo 130.- Para que la Asamblea pueda adoptar sus acuerdos o resoluciones, deberá contar al momento de la votación, con la presencia de la mayoría de sus integrantes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.