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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
130

Artículo 130 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la Asamblea tome una decisión o acuerdo, necesita que al menos la mitad más uno de sus miembros estén presentes en el momento de votar. Esto es lo que se conoce como "quórum", que es el número mínimo de personas necesario para que lo que se vote sea válido. Si no se cumple esa cantidad, no se puede aprobar nada. O sea, si hay 10 integrantes, deben estar al menos 6 para poder votar.

Texto oficial

Artículo 130.- Para que la Asamblea pueda adoptar sus acuerdos o resoluciones, deberá contar al momento de la votación, con la presencia de la mayoría de sus integrantes.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 42) ↗

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