- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los diputados formen un nuevo grupo o se junten con otro, deben avisarle a la Mesa Directiva (los que dirigen la Cámara) en un plazo máximo de 5 días después de que pase. Si la Cámara está en receso (de vacaciones o sin sesiones), el aviso se le da a la Comisión de Gobierno. Ellos luego se lo tienen que informar a todos los diputados en el Pleno (la reunión completa).
Texto oficial
Artículo 14.- La constitución, fusión e integración de un nuevo Grupo Parlamentario será notificado a la Mesa Directiva o, en los recesos a la Comisión de Gobierno, dentro de los cinco días siguientes en que haya tenido lugar, para que ésta informe al Pleno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.