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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los diputados formen un nuevo grupo o se junten con otro, deben avisarle a la Mesa Directiva (los que dirigen la Cámara) en un plazo máximo de 5 días después de que pase. Si la Cámara está en receso (de vacaciones o sin sesiones), el aviso se le da a la Comisión de Gobierno. Ellos luego se lo tienen que informar a todos los diputados en el Pleno (la reunión completa).

Texto oficial

Artículo 14.- La constitución, fusión e integración de un nuevo Grupo Parlamentario será notificado a la Mesa Directiva o, en los recesos a la Comisión de Gobierno, dentro de los cinco días siguientes en que haya tenido lugar, para que ésta informe al Pleno.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 4) ↗

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