- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 163
Artículo 163 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Asamblea va a poner computadoras y una red de internet en cada Delegación (que antes se llamaban así, hoy son las Alcaldías). Así tú, como ciudadano, puedes consultar al instante cómo va el proceso de las leyes, qué se está discutiendo y en qué etapa está. También los Diputados van a poder leer tus opiniones y propuestas directamente por ese mismo sistema. Todo esto es para que la comunicación entre tú y los que hacen las leyes sea más rápida y clara.
Texto oficial
Artículo 163.- La Asamblea instalará una red informática con terminales en cada Delegación Política que permita a los ciudadanos obtener información inmediata y detallada acerca del proceso legislativo, y a los Diputados conocer de manera directa las opiniones e iniciativas de los ciudadanos. SECCIÓN 3 LA AUDIENCIA PÚBLICA
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.