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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
186

Artículo 186 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres proponer a alguien para la Medalla al Mérito Ciudadano, puedes hacerlo en dos temporadas al año: del 15 de enero al 31 de marzo, y del 15 de julio al 30 de septiembre. En esos lapsos es cuando se aceptan los registros de candidatos. Además, siempre debes seguir las reglas que indica el artículo 180 de este reglamento para que el trámite sea válido.

Texto oficial

Artículo 186.- El periodo para el registro de candidatos a recibir la Medalla al Mérito Ciudadano queda comprendido del quince de enero al treinta y uno de marzo y del quince de julio al treinta de septiembre de cada año, observando en todo momento lo establecido en el artículo 180 del presente Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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