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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
187

Artículo 187 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Medalla al Mérito Ciudadano y su diploma se entregarán en una ceremonia especial llamada Sesión Solemne. Esa ceremonia debe hacerse dos veces al año: una en abril y otra en octubre. Cada una de esas fechas es para entregar el premio de ese periodo. En pocas palabras, la entrega del reconocimiento tiene fechas fijas obligatorias.

Texto oficial

Artículo 187.- El reconocimiento de la Medalla al Mérito Ciudadano y el Diploma respectivo serán otorgados en Sesión Solemne que deberá celebrarse dentro del mes de abril y octubre de cada año respectivamente. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES CAPÍTULO III DE LA MEDALLA AL MÉRITO POR LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 53) ↗

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