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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
195

Artículo 195 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Comisión evalúe una propuesta para premiar a alguien, debe revisar los documentos que explican por qué esa persona se lo merece. También puede usar cualquier otra información que ella misma investigue para estar segura. Es decir, no solo se fía de lo que le dan, sino que puede indagar por su cuenta. Así se asegura de que el premio sea bien merecido.

Texto oficial

Artículo 195.- La Comisión al dictaminar, tomará en cuenta la exposición de méritos que se acompañe a cada propuesta, independientemente de los elementos de convicción que adquiera por sus propios medios.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 56) ↗

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