- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 197 Ter
Artículo 197 Ter del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las reglas para entregar la Medalla Hermila Galindo ya tienen fechas fijas. La invitación para proponer candidatos la deben hacer dos grupos de trabajo antes del 30 de abril. Las personas interesadas en recibir el premio pueden registrarse del 1 al 30 de mayo. La entrega del reconocimiento se hará cada 25 de noviembre, en una ceremonia especial.
Texto oficial
Artículo 197 Ter.- La convocatoria a que se hace referencia el artículo anterior deberá ser elaborada y aprobada por las comisiones unidas de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables y para la Igualdad de Género, a más tardar el 30 de abril del año correspondiente a la entrega del reconocimiento. Artículo 197 Quarter.- El periodo para el registro de candidatos a recibir la presea Hermila Galindo, queda comprendido de los días primero al treinta de Mayo de cada año, observando en todo momento lo establecido en el artículo 180 del presente Reglamento. Artículo 197 Quintus.- El reconocimiento de la Medalla Hermila Galindo y el Diploma respectivo serán otorgados en la Sesión Solemne, misma que deberá celebrarse el día 25 de noviembre de cada año, en conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. CAPÍTULO CUARTO DE LA MEDALLA AL MÉRITO POLICIAL
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