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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
215

Artículo 215 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir el reconocimiento de algo (como un título o un premio), se va a dar preferencia a quienes vivan en la Ciudad de México (antes Distrito Federal). O sea, si compites con alguien de otro estado, tú tienes más chance si eres chilango. La ley lo pone como un punto a favor, pero no es obligatorio que te lo den solo por eso.

Texto oficial

Artículo 215.- Se tomará en cuenta de preferencia que los candidatos al reconocimiento respectivo sean habitantes del Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 62) ↗

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