- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 215
Artículo 215 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir el reconocimiento de algo (como un título o un premio), se va a dar preferencia a quienes vivan en la Ciudad de México (antes Distrito Federal). O sea, si compites con alguien de otro estado, tú tienes más chance si eres chilango. La ley lo pone como un punto a favor, pero no es obligatorio que te lo den solo por eso.
Texto oficial
Artículo 215.- Se tomará en cuenta de preferencia que los candidatos al reconocimiento respectivo sean habitantes del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.