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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
219

Artículo 219 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, los reconocimientos que se tienen que dar deben ser entregados en una ceremonia especial y formal del Pleno, que es la reunión de todos los diputados. Esto significa que no se pueden entregar en cualquier momento, sino en una sesión importante donde estén presentes todos los legisladores. Es un requisito de tiempo y forma para hacerlo oficial.

Texto oficial

Artículo 219.- La entrega de los reconocimientos respectivos deberán ser anuales y entregarse en Sesión Solemne del Pleno. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 62) ↗

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