- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 229
Artículo 229 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres hacer cabildeo (es decir, hablar con funcionarios públicos para intentar influir en sus decisiones), tienes que registrarte gratis en un padrón oficial que maneja la Asamblea. Ese registro se publica en su página de internet durante toda la legislatura (el período de 3 años que duran los diputados en su cargo), y ahí aparecen tus datos. Al inicio de cada legislatura, la Asamblea publica una convocatoria en al menos dos periódicos nacionales y en su sitio web para que te puedas inscribir. Tu registro es válido por toda la legislatura, a menos que tú mismo pidas cancelarlo antes.
Texto oficial
Artículo 229.- Toda persona que pretenda realizar actividades de cabildeo deberá inscribirse en forma gratuita en un registro público a cargo de la Comisión de Gobierno y que se integrará por conducto de la Oficialía Mayor, el cual se difundirá permanentemente, durante todo el tiempo que dure la legislatura, en la página electrónica de la Asamblea, debiendo mostrar los datos proporcionados por quienes se registren. Para el registro de cabilderos se emitirá convocatoria que deberá publicarse al menos en dos diarios de circulación nacional y en la página de la Asamblea, al inicio de cada Legislatura y estará abierta por todo el tiempo que ésta dure. La inscripción tendrá vigencia por el tiempo que dure la Legislatura correspondiente, a no ser que el cabildero manifieste su voluntad de cancelar su registro de manera anticipada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.