- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 26
Artículo 26 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que a los diputados les pueden bajar el sueldo (dieta) si faltan sin una razón válida. Si un diputado falta a una sesión del Pleno (la reunión con todos los diputados) sin permiso o justificación, pierde el pago completo de ese día. Si falta a una reunión de una Comisión o Comité (grupos más pequeños de trabajo), solo le pagan la mitad de lo que le tocaría por ese día. Pero esto no aplica si el diputado está en el Pleno al mismo tiempo, si tiene otra comisión programada, o si está haciendo un encargo oficial. Para que una falta sea válida, debe justificarse según las reglas del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Asamblea.
Texto oficial
Artículo 26.- La dieta de los Diputados será disminuida cuando se actualice algunos de los siguientes supuestos; I. El Diputado que no concurra a una sesión del Pleno, sin causa justificada o sin permiso de la Presidencia, no tendrá derecho de la dieta correspondiente al día en que falte. II. El Diputado que no concurra a una sesión de Comisión o Comité, sin causa justificada o sin permiso de la Presidencia de la Comisión o Comité, el cual será otorgado únicamente por tratarse de causas graves o en razón de propios compromisos inherentes a la legislatura y la diputación no tendrá derecho al cincuenta por ciento de la dieta correspondiente al día en que falte. Lo anterior no aplicará cuando haya una sesión del Pleno, cuando se realicen de forma simultánea reuniones de Comisión de la que el diputado forma parte o que se encuentre en el cumplimiento de alguna encomienda oficial. Se justificará la inasistencia en los términos establecidos en el artículo 24 de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
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