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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
3

Artículo 3 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entender y aplicar este Reglamento, hay que guiarse por las ideas y costumbres que aseguren que la Asamblea trabaje unida y tome decisiones entre todos, que cada diputado pueda expresarse libremente y que todos los grupos políticos participen. También se debe buscar que el trabajo sea rápido y efectivo, además de transparente y con responsables de lo que se hace, como lo marcan otras leyes. La práctica parlamentaria son las reglas generales del derecho que se usan durante los procesos del Congreso para tomar decisiones justas y que todo funcione de manera imparcial y ordenada en la Asamblea, sus Comisiones y Comités.

Texto oficial

Artículo 3.- Para la interpretación e integración de las normas de este Reglamento, se estará a los principios y prácticas que mejor garanticen y reflejen la integración y las decisiones plurales de la Asamblea, la libre expresión de todos los diputados, la participación de todos los grupos parlamentarios, la eficacia y eficiencia de los trabajos de la Asamblea y al principio de transparencia y rendición de cuentas de acuerdo con lo establecido en los ordenamientos de la materia. Se entiende como práctica parlamentaria, los principios generales del Derecho que se desarrollan en el desahogo de los procesos parlamentarios, que permiten la toma de decisiones para garantizar una conducción imparcial e institucional de los trabajos de la Asamblea, de sus Comisiones y Comités.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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