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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
3 Bis

Artículo 3 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice cómo contar los plazos o tiempos que menciona la ley. Si el plazo está en días, se toman en cuenta todos los días, incluyendo fines de semana y festivos (son días naturales). Si está en meses, el plazo empieza y termina en la misma fecha, por ejemplo, del 5 de enero al 5 de febrero. Si está en horas, se cuenta hora por hora exacta. Todo esto aplica solo si otra parte de la ley no dice algo diferente.

Texto oficial

Artículo 3 Bis.- Salvo disposición legal en contrario, para el cómputo de los plazos señalados en días, se consideran días naturales; los establecidos en meses, de fecha a fecha; y los indicados en horas, de momento a momento.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.