- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 4
Artículo 4 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo es como un diccionario para entender las reglas de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. Por ejemplo, un "Acuerdo Parlamentario" es cualquier decisión que tomen los diferentes grupos de trabajo de la Asamblea, como el Pleno (todos los diputados) o las Comisiones, siguiendo sus costumbres. "Iniciativa" es cuando alguien presenta un proyecto de ley o decreto para empezar el proceso de crear una nueva ley. Una "Proposición con punto de acuerdo" es una propuesta de uno o varios diputados para pedir algo, como un exhorto o una recomendación, pero sin crear una nueva ley. En resumen, aquí se definen los términos clave para que todos hablen el mismo idioma al aplicar este reglamento.
Texto oficial
Artículo 4.- Para los efectos del presente ordenamiento se entenderá por:- I. ACUERDO PARLAMENTARIO: la resolución tomada en el ámbito de su respectiva competencia por el Pleno, la Mesa Directiva, la Comisión de Gobierno, Comisiones, Comités o la Diputación Permanente, aplicable a las diversas funciones parlamentarias y que se determina conforme a las prácticas vigentes; II. ASAMBLEA: la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES III. CANAL: Canal Televisivo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; IV. AUDITORÍA: la Auditoría Superior de la Ciudad de México; V. DIPUTADO: el diputado o diputada miembro de la Asamblea; VI. ESTATUTO: el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; VII. INICIATIVA: el acto legislativo consistente en la presentación de un proyecto de ley o decreto para principiar el proceso legislativo; VIII. LEY ORGÁNICA: la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; IX. MESA DIRECTIVA: la Mesa Directiva de la Asamblea; X. PLENO: el Pleno de la Asamblea; XI. PRESIDENTE: el o la titular de la presidencia de la Mesa Directiva; XII. PROPOSICIÓN: la proposición con punto de acuerdo o el acuerdo parlamentario; XIII. PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO: la propuesta de uno o varios diputadas o diputados que tengan por objeto un pronunciamiento, exhorto, solicitud, recomendación o cualquier otro que se relacione con la competencia de esta Asamblea pero que no sea materia de iniciativas, propuestas de iniciativas o de acuerdos parlamentarios; XIV. PROPUESTA DE INICIATIVA: el proyecto de iniciativa constitucional, de ley o decreto, de uno o varios diputados o diputadas y que tenga por finalidad ser presentado por la Asamblea como iniciativa ante el Congreso de la Unión; y V. UNIDADES ADMINISTRATIVAS: la Oficialía Mayor, la Tesorería, la Contraloría General, la Coordinación General de Comunicación Social, el Instituto de Investigaciones Legislativas, la Unidad de Estudios y Finanzas Públicas, y la Coordinación de Servicios Parlamentarios. TITULO SEGUNDO DE LA INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA Y DE SU FUNCIONAMIENTO CAPITULO I DE LA INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA Y DE SUS GRUPOS PARLAMENTARIOS SECCIÓN 1 DE LA COMISIÓN INSTALADORA
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