Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-gobierno-interior-asamblea-legislativa-distrito-federal/38
Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
38

Artículo 38 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las comisiones y comités son los encargados de cuidar los documentos que analizan. Para eso, deben firmar un recibo cuando los reciben. Su responsabilidad termina hasta que entregan los dictámenes (es decir, las conclusiones o propuestas finales) a la oficina de servicios parlamentarios y al archivo histórico, al final de cada periodo de trabajo (legislatura). Antes de que termine ese periodo, estos jefes deben presentar un informe de lo que hicieron, incluyendo un resumen de las reuniones y los acuerdos más importantes. Ese informe se entrega en dos copias, tanto impresas como en formato digital (como USB o correo electrónico), a la nueva comisión que va a entrar y al archivo histórico, además de publicarse en la página de internet oficial de la Asamblea Legislativa.

Texto oficial

Artículo 38.- Los presidentes de las Comisiones y Comités son responsables de los expedientes que en su caso, pasen por su estudio y, a este efecto, deberán firmar el recibo de ellos en el correspondiente libro de conocimientos. Dicha responsabilidad cesará cuando sean entregados, los dictámenes, a la Coordinación de Servicios Parlamentarios y enviados al Archivo Histórico de la Asamblea al término de cada legislatura. Previo al término de la Legislatura, los Presidentes de Comisión y Comité presentarán un informe de las principales actividades desarrolladas por ésta, así como una memoria de las reuniones de trabajo y los principales resolutivos o acuerdos, los cuales serán enviados a la Coordinación de Servicios Parlamentarios, en 2 ejemplares, de manera impresa y por medio electrónico, magnético, óptico u otros. Dicho informe se entregará a la Comsisón de la Legislatura entrante y al Archivo Histórico, debiendo publicarse en el sitio oficial de Internet de la Asamblea Legislativa.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.