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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
56 Bis

Artículo 56 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité de Asuntos Internacionales se encarga de dar a conocer y ayudar a poner en marcha los acuerdos entre México y otros países que tengan que ver con la Ciudad de México (antes Distrito Federal). También puede opinar sobre estos temas cuando las autoridades locales lo necesiten. Propone nuevos acuerdos con otros países sobre seguridad, desarrollo social, medio ambiente y otros asuntos importantes para la ciudad. Además, puede hacer visitas para verificar que se cumplan las reglas internacionales, informar cada seis meses a la Comisión de Gobierno sobre quejas de los ciudadanos relacionadas con estos temas, y pedir información a las alcaldías y otras dependencias del gobierno de la ciudad para revisar que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 56 Bis.- Corresponde al Comité de Asuntos Internacionales: I. Coadyuvar en la difusión, promoción y ejecución de Convenios y Tratados Internacionales signados por los Estados Unidos Mexicanos, en los que tenga intervención el Distrito Federal; REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES II. Emitir opinión a las autoridades de la Administración Pública Local, respecto de las materias en que tenga injerencia el Distrito Federal dentro de los Convenios Internacionales; III. Proponer la celebración de Convenios Internacionales con autoridades relacionadas con la Seguridad Pública, Desarrollo Social, Desarrollo Urbano, Medio Ambiente, y otras dependencias y autoridades, de las cuales se desprenda la necesidad de la celebración y vinculación de los mismos; asimismo, apoyar y dar atención a las observaciones que deriven de la aplicación a la normatividad en materia internacional, relacionadas con el Distrito Federal; IV. Realizar visitas y giras de trabajo, por si o conjuntamente con las autoridades de la administración pública local, y/o comisiones de la Asamblea Legislativa para supervisar el cumplimiento de la normatividad y los Convenios celebrados en materia internacional, y en los cuales tenga competencia el Distrito Federal; V. Informar, semestralmente y por escrito, a la Comisión de Gobierno sobre las peticiones y quejas presentadas por los ciudadanos y las gestiones realizadas ante los Órganos Internacionales y otras autoridades en los cuales tenga competencia el Distrito Federal; VI. Actuar de forma conjunta con las Comisiones correspondientes integrantes de la Asamblea, para la solución de los problemas en materia internacional que se le presenten, y VII. Solicitar a las autoridades Delegacionales y demás dependencias del Gobierno del Distrito Federal, así como Organismos Desconcentrados y Autónomos de la Ciudad, información sobre el cumplimiento de la normatividad en materia internacional, en los cuales tenga injerencia el Distrito Federal.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 15) ↗

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