- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 56 Quater
Artículo 56 Quater del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité para la promoción y seguimiento de la Cultura de la Legalidad se encarga de varias cosas. Una de ellas es recibir quejas de la gente y pasarlas a las comisiones de la Asamblea si alguien no está siguiendo las leyes de la Ciudad de México. También tiene que hacer recorridos para verificar que se estén cumpliendo esas leyes, cuando se lo pidan las comisiones. Además, debe promover que tanto los ciudadanos como el gobierno se comprometan a respetar las reglas. Finalmente, cada seis meses tiene que reportar por escrito cuántas quejas recibió y qué hizo al respecto.
Texto oficial
Artículo 56 Quater.- Corresponde al Comité para la promoción y seguimiento de la Cultura de la Legalidad: I. Actuar como un canal de comunicación con las Comisiones de la Asamblea, para atender las quejas referentes a la inobservancia de la normatividad aplicable en el Distrito Federal; II. Cumplir con los mandatos y apoyos necesarios que emitan las Comisiones de la Asamblea sobre el cumplimiento de la normatividad aplicable en el Distrito Federal; III. Llevar a cabo y proponer recorridos, por instrucciones de las Comisiones correspondientes de esta Asamblea, para indagar sobre el cumplimiento de la legislación vigente; REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES IV. Promover y fomentar entre la ciudadanía y las dependencias y órganos de gobierno, la cultura de la corresponsabilidad en la observancia de las leyes que emita la Asamblea; V. Mantener una vinculación y comunicación estrecha con el Comité de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas a fin de atender los asuntos que se presenten derivados de la inobservancia de la normatividad aplicable en el Distrito Federal, y VI. Informar, semestralmente y por escrito, a la Comisión de Gobierno sobre las peticiones y quejas presentadas por los ciudadanos y las gestiones realizadas ante las autoridades. VII. Proponer al Comité de Asuntos Editoriales la edición de leyes o documentos que coadyuven a la difusión de la cultura de la legalidad. Artículo 56 Quintus.- Corresponde al Comité de Estudios y Estadística sobre la Ciudad de México: I. Producir Información relativa a la Ciudad de México; II. Vincular a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal con instituciones, dependencias, centros o institutos de investigación, universidades, así como cualquier organismo que produzca, genere o detente información relativa al Distrito Federal, con el objeto de allegarse de estudios y estadísticas de la Ciudad de México; III. Difundir oportunamente la Información a través de mecanismos que faciliten su consulta; IV. Promover el conocimiento y uso de la Información relativa a la Ciudad de México, V. Coordinarse con el Comité de la Biblioteca “Francisco Zarco” para conservar la información que se genere en torno a la Ciudad de México, así como facilitar su difusión y consulta; VI. Proponer a la Comisión de Gobierno la elaboración de estudios sobre la Ciudad de México, y; VII. Proporcionar a las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la información que requieran para sustentar sus dictámenes. Artículo 56 Sextus.- Corresponde al Comité de Asuntos Interinstitucionales: I. Auxiliar a la Comisión de Desarrollo Metropolitano en el enlace con los Congresos de los Estados. II. Solicitar a los Congresos de los Estados, así como a sus Diputados, la información relevante que pueda ser útil para su aplicación en la Ciudad. III. Actuar de forma conjunta con la Comisión de Gobierno y la Comisión de Desarrollo Metropolitano a efecto de proponer encuentros entre Congresos Locales con el objeto de enriquecer el trabajo legislativo. IV. Emitir opiniones sobre asuntos legislativos que se discutan en los Estados. ARTÍCULO 56 SEPTIES.- Corresponde al Comité del Canal Televisivo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal: I. Ratificar a los funcionarios del Canal, hasta el segundo nivel, a propuesta debidamente fundada y argumentada del Titular de la Dirección General del Canal; REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES II. Evaluar, supervisar y aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Canal, conforme al programa de trabajo correspondiente presentado por el Titular del Canal, a más tardar al 30 de octubre de cada año y turnar al Comité de Administración este anteproyecto; III. Una vez aprobado, turnar el proyecto de presupuesto anual del Canal a la Comisión de Gobierno y a los funcionarios responsables de la administración de la Asamblea, a más tardar durante los primeros cinco días del mes de noviembre de cada año, para los efectos correspondientes; IV. Supervisar la imparcialidad, objetividad, probidad, equidad y autonomía editorial de la carta de programación y las transmisiones del trabajo legislativo. La Comisión de Gobierno y la Mesa Directiva recibirán una copia del proyecto de programación y podrán remitir observaciones y propuestas; V. Emitir observaciones y propuestas a la bitácora de programación diaria del Canal. Los diputados de la Asamblea Legislativa podrán hacer llegar al Comité propuestas de programación o contenidos del Canal y serán analizados por dicho Comité para determinar la programación del mismo. VI. Sugerir las reglas de transmisión de las sesiones plenarias, de comisiones y comités de la Asamblea y de todas las demás transmisiones que se realicen; VII. Solicitar a la gente competente en materia de control y fiscalización del gasto, la realización de auditorías al Canal; VIII. Analizar y aprobar, en su caso, el informe trimestral y el informe anual del Canal; IX. Emitir la convocatoria, y llevar a cabo los procesos de selección de los candidatos a integrar el Consejo. X. Recibir, analizar y orientar las quejas, observaciones y solicitudes que Diputados de la Asamblea presenten sobre el funcionamiento del Canal. XI. Remitir a la Comisión de Gobierno de la Asamblea y a la Comisión de Ciencia Tecnología e Innovación el Informe anual de labores del Canal Televisivo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. SEGUNDA PARTE DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y SUS FUNCIONES
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.