- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 56 Ter
Artículo 56 Ter del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Al Comité de Capacitación le toca buscar cursos, talleres y materiales de estudio para que los trabajadores de la Asamblea hagan bien su chamba. También debe proponerle a la Comisión de Normatividad qué temas y niveles de capacitación se necesitan para formar servidores públicos más preparados. Además, tiene que coordinarse con esa misma Comisión para invitar a escuelas, investigadores y expertos en problemas de la ciudad a que ayuden a crear pláticas y cursos. Por último, cada seis meses debe entregar un reporte escrito a la Comisión de Gobierno explicando cómo estuvo la capacitación y qué resultados se obtuvieron.
Texto oficial
Artículo 56 Ter.- Corresponde al Comité de Capacitación: I. Ser el órgano administrativo que vincule la búsqueda de herramientas teórico-formativas para el adecuado desempeño de las funciones de esta Asamblea; II. Proponer a la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Practicas Parlamentarias la implementación de programas institucionales de capacitación, para formar servidores públicos profesionales, a partir de la definición de las temáticas, contenidos, espacios y niveles de capacitación, que conllevan al desarrollo institucional; III. Generar en coordinación con la Comisión de Normatividad Legislativa, Estudios y Practicas Parlamentarias mecanismos de vinculación con instituciones educativas, áreas de investigación y especialistas en la problemática de la ciudad, que coadyuven la creación y promoción de cursos, talleres y conferencias para la formación y el desarrollo institucional de la Asamblea, y IV. Informar, semestralmente y por escrito, a la Comisión de Gobierno sobre la organización y resultados de los programas ejercidos en materia de capacitación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.