Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-gobierno-interior-asamblea-legislativa-distrito-federal/72
Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
72

Artículo 72 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Coordinador de Servicios Parlamentarios necesitas cumplir estos requisitos: 1. Tener título de licenciatura o estudios de posgrado en derecho o en áreas relacionadas con el puesto. 2. Demostrar al menos 3 años de experiencia profesional y laboral que comprueben que tienes los conocimientos y habilidades necesarias para el cargo. 3. No ser esposo/a ni familiar cercano (hasta primos, tíos o sobrinos) de ningún diputado, ni tener negocios, trabajos o sociedades con ellos. 4. No haber sido condenado por un delito cometido a propósito (como robo o fraude), sin importar la pena que te hayan dado.

Texto oficial

Artículo 72.- Para ser Coordinador de Servicios Parlamentarios se requiere: REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES I. Tener licenciatura o estudios de postgrado en derecho o alguna rama relacionada directamente con las funciones encomendadas; II. Demostrar por los menos 3 años de ejercicio profesional y una experiencia laboral de la que se pueda inferir que posee los conocimientos y habilidades suficientes para cumplir con el perfil de este cargo; III. No ser cónyuge o pariente consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil de cualquiera de los Diputados integrantes de la Asamblea, ni tener relaciones profesionales, laborales o de negocios con alguno de ellos, ni ser socio o accionista de sociedades en las que alguno de los Diputados forme o haya formado parte; y IV. No haber sido condenado por delito doloso, cualquiera que haya sido la pena. SECCIÓN 6 DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.