- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 99
Artículo 99 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada año, el 17 de septiembre a las 9 de la mañana, los diputados de la Asamblea (que es como el Congreso de la Ciudad de México) se juntan en su salón principal para empezar su primer período de trabajo normal. En esa reunión, el Presidente de la Asamblea dice en voz alta un texto que anuncia oficialmente que se abre ese período de sesiones, mencionando el año, cuál período es y qué número de Legislatura es (por ejemplo, la primera, segunda o tercera). También el 15 de marzo de cada año, a la misma hora, se hace lo mismo para iniciar el segundo período de sesiones ordinarias. Esto solo establece la fecha y la forma en que se arrancan oficialmente los trabajos de la Asamblea.
Texto oficial
Artículo 99.- El día 17 de septiembre de cada año, la Asamblea se reunirá a partir de las nueve horas en el Salón de Sesiones para inaugurar el primer periodo ordinario de sesiones. En dicha sesión inaugural el Presidente declarará en voz alta: “La Asamblea Legislativa del Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos abre hoy 17 de septiembre de (año) el primer periodo de sesiones ordinarias, correspondiente al (primero, segundo o tercero) año de ejercicio de la (número) Legislatura”. El Presidente hará igual declaratoria antes de iniciar el segundo periodo de sesiones ordinarias, a las nueve horas del 15 de marzo de cada año. REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES
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