- Ley
- Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
- Artículo
- 11
Artículo 11 del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Artículo 11: La información técnica y los consejos que dé la Inspección son solo opiniones, no compromisos legales. Esto significa que si ellos te orientan, no estás obligado a seguirles al pie de la letra, ni ellos tienen que responder si algo sale mal. En otras palabras, su ayuda es como un "tip" que te dan, pero tú decides si lo usas o no, y asumes toda la responsabilidad.
Texto oficial
Artículo 11.- La información técnica y la asesoría que proporcione la Inspección se entenderá siempre a título de mera opinión y por lo tanto no generará derechos ni obligaciones de ninguna índole.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.