Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-inspeccion-local-trabajo-distrito-federal/13
Ley
Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
Artículo
13

Artículo 13 del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los inspectores del trabajo tienen varias funciones para asegurar que se cumplan las leyes laborales. Pueden entrar a tu trabajo en horario laboral, identificándose primero, para verificar que todo esté en orden. También pueden hacer preguntas a trabajadores y jefes, solos o con testigos, y pedir documentos como contratos o registros. Si encuentran algo mal, pueden sugerir que se corrija, sobre todo si es un peligro para la seguridad o la salud. Por último, levantan un acta con lo que encontraron en la inspección.

Texto oficial

Artículo 13.- A los Inspectores les corresponden las siguientes atribuciones y funciones: I. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, especialmente de las que establecen los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones, de las que reglamentan el trabajo de las mujeres y los menores, y de las que determinan las medidas preventivas de riesgos de trabajo, seguridad e higiene; II. Visitar e inspeccionar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, previa identificación; III. Interrogar, solos o ante testigos, a los trabajadores y patrones, sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo; IV. Exigir la presentación de libros, registros u otros documentos, a que obliguen las normas de trabajo; V. Sugerir se corrijan las violaciones a las condiciones de trabajo; VI. Sugerir se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo cuando constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de los trabajadores, y la adopción de las medidas de aplicación inmediata en caso de peligro inminente; VII. Examinar las substancias y materiales utilizados en las empresas y establecimientos cuando se trate de trabajos peligrosos; VIII. Intervenir de acuerdo con el artículo 125 fracción II de la Ley, en lo relativo a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas; IX. Levantar las actas en las que se asienten los resultados de las inspecciones efectuadas, y X. Las demás que le confieran otras disposiciones legales y Reglamentarias aplicables.

Ver texto oficial del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.