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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-inspeccion-local-trabajo-distrito-federal/37
Ley
Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal
Artículo
37

Artículo 37 del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Lo que está escrito en un acta oficial se considera verdad, a menos que puedas demostrar con pruebas que es falso. Eso sí, solo aplica si el acta se hizo siguiendo todas las reglas de este reglamento. En otras palabras, si un acta está bien hecha según la ley, se da por buena hasta que alguien presente evidencia de lo contrario.

Texto oficial

Artículo 37.- Los hechos asentados en las actas que se levanten se tendrán por ciertos mientras no se demuestre lo contrario, siempre que dichas actas se hubiesen levantado con apego a las disposiciones de este Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento de la Inspección Local del Trabajo en el Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.