- Ley
- Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 5
Artículo 5 del Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe del Instituto es elegido y puede ser despedido libremente por el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México. Para ocupar el puesto, la persona debe cumplir con estos requisitos: ser mexicano y tener todos sus derechos como ciudadano; demostrar buena conducta y no tener sentencias firmes por delitos hechos a propósito; tener título de abogado con cédula profesional para ejercer; y ser reconocido por su experiencia en investigación, enseñanza o áreas académicas.
Texto oficial
Artículo 5º- El Director del Instituto será libremente nombrado y removido por el C. Procurador Generalde Justicia del Distrito Federal y deberá reunir los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos. II.- Acreditar que se ha observado buena conducta y no haber sido sentenciado ejecutoriamente como responsable de delitos intencionales. III.- Ser Licenciado en Derecho con autorización para el ejercicio de su profesión. IV.- Tener reconocido prestigio en la investigación, docencia y áreas académicas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.