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Ley
Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
8

Artículo 8 del Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Técnica de Profesionalización del Ministerio Público tiene tres tareas principales: primero, crear los cursos y capacitaciones para los agentes del Ministerio Público (los fiscales o abogados que investigan delitos). Segundo, revisar cada cierto tiempo si esos cursos están funcionando bien. Y tercero, mantenerlos siempre al día, actualizándolos constantemente para que sirvan mejor.

Texto oficial

Artículo 8º- Son atribuciones de la Comisión Técnica de Profesionalización del Ministerio Público: I.- Elaborar los Programas de Formación y Profesionalización de los Agentes del Ministerio Público. II.- Evaluar periódicamente los Programas de Formación y Profesionalización de los Agentes del Ministerio Público. III.- Actualizar en forma permanente todos y cada uno de los programas de profesionalización que se instrumenten.

Ver texto oficial del Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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