- Ley
- Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 8
Artículo 8 del Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Técnica de Profesionalización del Ministerio Público tiene tres tareas principales: primero, crear los cursos y capacitaciones para los agentes del Ministerio Público (los fiscales o abogados que investigan delitos). Segundo, revisar cada cierto tiempo si esos cursos están funcionando bien. Y tercero, mantenerlos siempre al día, actualizándolos constantemente para que sirvan mejor.
Texto oficial
Artículo 8º- Son atribuciones de la Comisión Técnica de Profesionalización del Ministerio Público: I.- Elaborar los Programas de Formación y Profesionalización de los Agentes del Ministerio Público. II.- Evaluar periódicamente los Programas de Formación y Profesionalización de los Agentes del Ministerio Público. III.- Actualizar en forma permanente todos y cada uno de los programas de profesionalización que se instrumenten.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.