- Ley
- Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
- Artículo
- 9
Artículo 9 del Reglamento del Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Técnica de Profesionalización de Policía Judicial es un grupo de personas encargadas de mejorar y capacitar a los policías judiciales. El presidente de esta comisión será un Subprocurador que elija el Procurador General. El secretario técnico será el Director del Instituto de Formación Profesional. Los miembros serán el Contralor Interno (que vigila el buen uso de recursos), el Director General de la Policía Judicial, el Director General de Averiguaciones Previas (investigaciones iniciales), el Director General de Control de Procesos (encargado de los juicios) y un representante de la Oficialía Mayor (área administrativa). En pocas palabras, el artículo solo dice quiénes forman parte de esta comisión.
Texto oficial
Artículo 9º- La Comisión Técnica de Profesionalización de Policía Judicial estará integrada de lasiguiente manera: PRESIDENTE: Subprocurador que designe el Procurador General. SECRETARIO TECNICO: Director del Instituto de Formación Profesional. MIEMBROS: El Contralor Interno. Director General de la Policía Judicial. Director General de Averiguaciones Previas. Director General de Control de Procesos. Representante de la Oficialía Mayor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.