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Ley
Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal
Artículo
75

Artículo 75 del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 75 dice que el proceso para sancionar a un Consejero Distrital es una serie de pasos que se siguen para decidir si merece un castigo o no. En otras palabras, es como un juicio donde se revisa si el consejero hizo algo malo. Si se determina que sí, se le aplica la sanción correspondiente; si no, queda libre de culpa. Todo esto se hace de manera ordenada y siguiendo las reglas establecidas.

Texto oficial

Artículo 75. El procedimiento para la imposición de sanciones consiste en la secuencia de actos desarrollados con el fin de resolver si ha lugar o no a sancionar a algún Consejero Distrital.

Ver texto oficial del Reglamento de Integración, Funcionamiento y Sesiones de los Consejos Distritales del Instituto Electoral del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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