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Ley
Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
Artículo
14

Artículo 14 del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes son considerados "oficiales" dentro de la Comisión de Lucha Libre Profesional. En pocas palabras, estas personas son las autoridades dentro del evento: el jefe del servicio médico y los doctores que lo ayudan, los réferis (los que cuidan que se cumplan las reglas en el ring) y los anunciadores (los que presentan a los luchadores). Todos ellos tienen un puesto oficial según este reglamento.

Texto oficial

Artículo 14.- Para efectos de este Reglamento, se consideran Oficiales de la Comisión de Lucha Libre Profesional: I.- El Jefe del Servicio Médico; II.- Los Médicos Auxiliares; III.- Los Réferis, y IV.- Los Anunciadores.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal (pág. 5) ↗

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