- Ley
- Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice quiénes son considerados "oficiales" dentro de la Comisión de Lucha Libre Profesional. En pocas palabras, estas personas son las autoridades dentro del evento: el jefe del servicio médico y los doctores que lo ayudan, los réferis (los que cuidan que se cumplan las reglas en el ring) y los anunciadores (los que presentan a los luchadores). Todos ellos tienen un puesto oficial según este reglamento.
Texto oficial
Artículo 14.- Para efectos de este Reglamento, se consideran Oficiales de la Comisión de Lucha Libre Profesional: I.- El Jefe del Servicio Médico; II.- Los Médicos Auxiliares; III.- Los Réferis, y IV.- Los Anunciadores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.