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Ley
Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cómo se forma una Comisión. Tendrá un presidente y un tesorero, que serán elegidos por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, pero primero alguien de la Dirección de Promoción Deportiva los tiene que proponer. También habrá cuatro vocales (personas que opinan y votan en las decisiones): uno lo propone la Dirección de Servicios Médicos y los otros tres los proponen distintas asociaciones de lucha libre. Todos los miembros durarán tres años en el puesto y pueden ser reelegidos, además deben nombrar a alguien que los sustituya si faltan. Por último, habrá un Secretario, que será elegido por la misma Dirección de Promoción Deportiva, pero a sugerencia del Presidente de la Comisión.

Texto oficial

Artículo 4º.- La Comisión se integrará de la siguiente manera: I.- Un presidente, quien será propuesto por la Dirección General de Promoción Deportiva y nombrado por el Jefe del Departamento del Distrito Federal; II.- Un tesorero, quien será propuesto por la Dirección General de Promoción Deportiva y nombrado por el Jefe del Departamento del Distrito Federal, y III.- Cuatro vocales, uno de ellos propuesto por la Dirección General de Servicios Médicos del Departamento del Distrito Federal, y los otros tres por cada una de las asociaciones de las correspondientes ramas deportivas de la lucha libre reconocidas. Los miembros de la Comisión durarán en su cargo tres años y podrán ser reelectos. Dichos miembros deberán nombrar a sus respectivos suplentes. Además, la Comisión contará con un Secretario, el cual será designado por la propia Dirección General de Promoción Deportiva a propuesta del Presidente de la Comisión.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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