Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-comision-lucha-libre-profesional-distrito-federal/5
Ley
Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder ser parte de la Comisión de Lucha Libre, necesitas cumplir con estos requisitos: ser ciudadano mexicano y mayor de edad, tener buena reputación (que la gente te reconozca como una persona honesta), contar con mucha experiencia y conocimientos en el mundo de la lucha libre, y no tener ningún tipo de relación con empresarios, luchadores, representantes o cualquier persona que trabaje directamente en este deporte. Esto último es para evitar conflictos de intereses.

Texto oficial

Artículo 5º.- Para ser miembro de la Comisión se requiere: REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE LUCHA LIBRE PROFESIONAL DEL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES I.- Ser ciudadano mexicano; II.- Ser mayor de edad; III.- Gozar de reconocida honorabilidad; IV.- Tener amplia capacidad y conocimientos en la materia, y V.- No tener nexo alguno con empresarios de lucha libre, promotores, representantes, luchadores profesionales, auxiliares o con cualquiera otra persona, relacionada directamente con la lucha libre profesional.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de la Comisión de Lucha Libre Profesional del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.