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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
18

Artículo 18 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los diputados tienen obligaciones claras que deben cumplir mientras trabajan en el Congreso. Tienen que llegar a tiempo a todas las juntas de trabajo y votar cuando se les pida hacerlo. También deben hacer con ganas y responsabilidad las tareas que les encarguen sus compañeros o jefes. Si faltan a una reunión, tienen que explicar por escrito por qué no fueron. Además, deben portarse bien y guardar el orden en las juntas, y no pueden andar contando lo que se habla en las sesiones privadas, porque es información confidencial.

Texto oficial

Artículo 18.- Son obligaciones de los diputados; Sin perjuicio de los señalados en y el Reglamento: I. Asistir con puntualidad a todas las reuniones de trabajo de ; II. Emitir su voto en los puntos que se sometan a su consideración, cuando así se requiera; III. Cumplir con diligencia los trabajos que les sean encomendados por acuerdo de de ; IV. Justificar por escrito las inasistencias a las reuniones de trabajo de ; V. Observar las medidas necesarias para conservar el orden y respeto debidos durante las reuniones de trabajo, y VI. Mantener la confidencialidad de los asuntos que se discutan en las reuniones de trabajo de carácter privado de CAPÍTULO TERCERO DE LA SECRETARÍA TÉCNICA.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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