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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
19

Artículo 19 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 19 dice que habrá un equipo de apoyo técnico que trabajará para un grupo (presumiblemente una comisión legislativa), y que su jefe será el Presidente del grupo. Las tareas principales de este equipo son: ayudar a hacer los dictámenes (documentos con propuestas o análisis), llevar el orden del día y la lista de asistencia, organizar a los asesores y archivar todos los asuntos. También tienen que entregar a los diputados los documentos de cada reunión por lo menos dos días hábiles antes de que sea la junta. En pocas palabras, se trata de un equipo que se encarga de la chamba administrativa y de logística para que los diputados puedan trabajar sin problemas.

Texto oficial

Artículo 19.- contará con una Secretaría Técnica que estará bajo la dirección del Presidente, a la cual le corresponde: I. Apoyar los trabajos de , fundamentalmente en la elaboración de dictámenes; II. Coadyuvar con el Presidente de en la elaboración del orden del día; III. Llevar el registro de asistencia de los diputados en las reuniones de ; IV. Coordinar los trabajos de los asesores asignados a ; V. Presentar apoyo a los diputados integrantes en los asuntos de ; VI. Recibir y registrar los asuntos turnado a ; VII. Remitir a los integrantes de , copia de los asuntos de su competencia que hayan sido turnados por el Pleno de , así como de aquellos que el Presidente considere necesarios; VIII. Elaborar los informes de las actividades llevadas a cabo en ; IX. Integrar, actualizar y mantener de forma permanente los archivos de todos los asuntos y actividades realizados por ; X. Participar en grupos de trabajo, al interior o al exterior de , cuando así lo determine el Presidente, para el análisis y resolución de los asuntos de su competencia; XI. Apoyar al Presidente y Secretario de en la formulación de los dictámenes, informes, investigaciones, comunicados, y otros que lo ameriten y que deban ser del conocimiento del Pleno de ; XII. Mantener informadas a las áreas administrativas competentes sobre los cambios y movimientos que se den al interior de , XIII. Recibir y contestar la correspondencia dirigida a , previo acuerdo del Presidente de la misma; XIV. Coadyuvar con el Presidente y el Secretario de en la organización, diseño y desarrollo de foros, seminarios y todo tipo de eventos que necesite realizar, y XV. Colaborar con el Secretario en las siguientes funciones: a) Distribución del orden del día; b) Elaboración de las actas de las sesiones, y c) Cuidar que las iniciativas, dictámenes o documentos que vayan a ser discutidos en las reuniones de trabajo de se distribuyan y entreguen a los diputados integrantes con un mínimo de 48 horas anteriores a la celebración de la misma.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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