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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
4

Artículo 4 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que hay grupos de trabajo fijos en la Asamblea llamados comisiones, que se encargan de analizar y opinar sobre temas específicos. Estas comisiones duran todo el tiempo que dure la legislatura (el periodo de los diputados) y no cambian. Por ejemplo, hay comisiones para asuntos de justicia, educación, salud, agua, vivienda, derechos humanos, entre muchas otras. Cada una se especializa en un tema para revisar leyes o proyectos relacionados con eso. En total son más de 40 comisiones, cada una con su área de trabajo clarita.

Texto oficial

Artículo 4°.- Son comisiones de Análisis y Dictamen legislativo que se construyen con el carácter de definitivo y funcionan para toda la legislatura de la Asamblea las Comisiones de: Abasto y Distribución de Alimento; Administración Pública local; Administración y Procuración de Justicia; Asuntos Indígenas, Pueblo y Barrios Originarios y Atención a Migrantes; Asuntos laborales y Previsión Social; Asuntos Políticos Electorales; Atención a Grupos Vulnerables; Atención al Desarrollo de la Niñez; Ciencia y Tecnología; Cultura; Derechos Humanos; Desarrollo e Infraestructura Urbana: Desarrollo Metropolitano; Desarrollo Rural; Desarrollo Social; Educación; Para la Igualdad de Género; Fomento Económico; Gestión Integral del Agua; Hacienda; Juventud y Deporte; La Diversidad Sexual; Normatividad Legislativa, Estudios y Prácticas Parlamentarias; Notariado; Participación Ciudadana; Población y Desarrollo; Preservación del Medio Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Climático; Presupuesto y Cuenta Pública; Protección Civil; Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoria Superior de la Ciudad de México; Salud y Asistencia Social; Seguridad Pública; Movilidad; Transparencia y Combate a la Corrupción; Turismo; Uso y Aprovechamiento de Bienes y Servicios Públicos y Vivienda. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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