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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
5

Artículo 5 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las comisiones son grupos de diputados que se forman para trabajar temas específicos. Estos diputados son elegidos por todos los diputados del Congreso, a partir de una propuesta que hace la Mesa Directiva. Al integrarlas, se busca que haya representantes de diferentes partidos políticos para que haya diversidad de opiniones. Cada comisión se encarga de revisar, analizar y dar su opinión sobre las propuestas de ley o acuerdos que le lleguen, según el tema que le corresponda. También pueden intervenir en los asuntos que marca el Estatuto de Gobierno de la Ciudad de México, siempre y cuando no sean temas de otras comisiones.

Texto oficial

Artículo 5º.- Las comisiones de , se integran por los diputados electos por el Pleno de , a propuesta de de Gobierno, debiéndose reflejar la pluralidad de en la integración de las mismas. será competente para conocer de la materia que se derive conforme a su denominación, a efecto de recibir, analizar y dictaminar las iniciativas y proposiciones con o sin punto de acuerdo turnadas por , así como para intervenir en los asuntos señalados en el Título Quinto del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, con excepción de la materias que estén asignadas a otras comisiones.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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