- Ley
- Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 41
Artículo 41 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una junta o comité pueda tomar decisiones válidas, necesita que, en el momento de votar, haya más de la mitad de sus miembros presentes. Esto se llama "quórum". Si no se cumple, los acuerdos que tomen no sirven legalmente. Por ejemplo, si un grupo tiene 10 personas, deben estar al menos 6 para poder votar y que sus decisiones cuenten.
Texto oficial
Artículo 41.- Para que pueda adoptar acuerdos o resoluciones, al momento de la votación, deberá contar con la presencia de más de la mitad de sus integrantes. CAPÍTULO QUINTO DE LAS VOTACIONES
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