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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
42

Artículo 42 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una reunión pueda tomar decisiones o acuerdos, tiene que estar presente la cantidad mínima de personas que marca este reglamento. A ese número mínimo se le llama "quórum". Si no hay suficientes asistentes, no se puede aprobar nada. Es como cuando necesitas que lleguen al menos 10 de 15 compañeros para decidir algo importante en el grupo.

Texto oficial

Artículo 42.- Para que pueda aprobar acuerdos y dictámenes, deberá contar necesariamente con el quórum establecido en este Reglamento.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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