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Ley
Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se hace una votación nominal en la Cámara de Diputados, cada diputado dice en voz alta su nombre completo y si está "a favor", "en contra" o "se abstiene". Un secretario va anotando en listas separadas quiénes aprueban y quiénes rechazan la propuesta. Después, ese secretario cuenta los votos y anuncia el resultado. Finalmente, el presidente de la sesión declara oficialmente qué se decidió y las consecuencias de esa votación.

Texto oficial

Artículo 45.- La votación nominal se efectuará bajo la siguiente forma: I. Cada Diputado Integrante de , mencionará en voz alta su nombre y apellido, así como la expresión “en pro”, “en contra” o “abstención”; II. El Secretario anotará en una lista los nombres de los Diputados Integrantes que aprueben el dictamen correspondiente y en otra los que la rechacen; III. El Secretario realizará el cómputo respectivo y dará a conocer el resultado, y IV. El Presidente declarará el sentido de la votación y los resolutivos correspondientes.

Ver texto oficial del Reglamento Interior de las Comisiones de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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