- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 10
Artículo 10 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Pleno del Consejo (el grupo de personas que toman las decisiones más importantes) tiene varias tareas importantes, como hacer o cambiar reglas internas, proponer al Congreso nombres para elegir jueces y juezas del Tribunal, y decidir si alguien debe dejar su puesto por enfermedad grave. También puede nombrar a jueces de la Ciudad de México, aprobar contrataciones de cierto personal, y vigilar que todo funcione bien en las oficinas de apoyo. Además, puede autorizar visitas de supervisión a los juzgados para revisar su trabajo.
Texto oficial
Artículo 10.- El Pleno del Consejo, además de las facultades señaladas en la Constitución Local y en la Ley Orgánica, tendrá las siguientes: I. Expedir, modificar y, y en su caso, dejar sin efectos los Acuerdos Plenarios, Acuerdos Generales y demás disposiciones que hubiere emitido. II. Enviar al Congreso, propuesta de termas de designación y ratificación de Magistradas y Magistrados del Tribunal, la cual deberá estar fundada, motivada y, en su caso, acompañada de los elementos previstos en la Constitución Local y la Ley Orgánica. III. Tomar conocimiento de la propuesta de suplencia que realice la Presidenta o Presidente del Consejo, en los casos en que se ausente para atender asuntos que no requieran licencia, así como en aquellos considerados de carácter personal. IV. Resolver sobre los casos de separación del cargo de Juzgadoras, Juzgadores y Titulares de Magistraturas, cuando se trate de incapacidad física o mental, con base en el dictamen médico correspondiente, emitido por la autoridad competente. V. Designar a las Juezas y los Jueces de la Ciudad de México, de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley Orgánica; así como resolver sobre la remoción de Juzgadoras, Juzgadores y Titulares de Magistraturas, por causa justificada, en caso de los previsto en la Orgánica. VI. Determinar el número de Órganos Jurisdiccionales que se requieran conforme a las materias que se señalen, previo dictamen que se emitan para tal efecto, por parte de la Oficialía Mayor, de conformidad con la suficiencia presupuestal y disposiciones legales aplicables. VII. Nombrar, a propuesta de la Presidenta o el Presidente del Consejo, a las personas servidoras públicas contempladas en el artículo 218, fracción XV, de la Ley Orgánica, con excepción de la persona titular del Centro de Justicia Alternativa, en términos del artículo 200 de dicha Ley. VIII. Aprobar las propuestas de nombramiento de las personas servidoras públicas de las Áreas de Apoyo Judicial y Administrativas, a nivel de Dirección, Subdirección y homólogos, previo visto bueno de la Comisión de Administración y Presupuesto, delegando la designación de las y los Jefes de Departamento, enlace, operativos y homólogos a dicha Comisión IX. Vigilar la administración de las Áreas de Apoyo Judicial y Administrativa, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica, expidiendo para tales efectos las normas que estime convenientes para su cabal funcionamiento. X. Autorizar la práctica de visitas administrativas ordinarias a los Juzgados y Salas que integran el Tribunal, en términos de lo establecido en la Ley Orgánica; a las Juezas y los Jueces del Sistema Procesal Penal Acusatorio; así como a las Unidades, únicamente en los aspectos operativos vinculados con la actividad jurisdiccional en el cumplimiento que den a las determinaciones emitidas por los Órganos Jurisdiccionales, conforme a la normatividad aplicable en la materia que se trate XI. Autorizar la creación de las Áreas de Apoyo Judicial y Administrativas necesarias, a efecto de que el Poder Judicial cumpla con las atribuciones que tiene establecidas, previo dictamen que se emita para tal efecto, por parte de la Oficialía Mayor, de conformidad con la suficiencia presupuestal correspondiente XII. Aprobar los programas de especialización, capacitación y formación permanentes propuestos por el Consejo Académico del Instituto de Estudios Judiciales XIII. Autorizar y expedir la normatividad en materia de administración, planeación, programación, presupuesto, informática, estadística, recursos humanos, materiales y demás del Poder Judicial, para el cumplimiento de sus atribuciones XIV. Establecer políticas generales tendientes a lograr la nacionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria para el Poder Judicial XV. Autorizar la realización de auditorías internas y externas, en general para controlar y evaluar las operaciones realizadas con cargo al presupuesto u otros ingresos; así como la funcionalidad y operatividad propia de las Áreas de Apoyo Judicial y Administrativas. XVI. Autorizar las aportaciones en dinero o en especie que realice a favor del Tribunal y del Consejo, el Fomento de Apoyo para la Administración de Justicia en Distrito Federal XVII. Autorizar la recepción de bienes en donación por parte de personas físicas o morales, de derecho público o privado. La formación de las donaciones deberá realizarse sin ninguna condición, presente o futura, que pudiera significar cualquier tipo de intromisión, injerencia, vínculo o presión en los trámites, servicios o resoluciones que se otorguen por los Órganos Jurisdiccionales, Áreas de Apoyo Judicial y Administrativas, o que tiendan a influenciar, desviar o distorsionar sus funciones, o a limitar el uso o disposición de los bienes donados. XVIII. Designar a la Consejera o Consejero que conformará el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción de la Ciudad de México XIX. Fijar y modificar las Condiciones Generales de Trabajo, así como difundir y vigilar su aplicación, tomando en consideración la opinión del sindicato, en términos de lo establecido por la Ley Federal de Trabajadores XX. Establecer los sistemas y mecanismos de acceso a la información y servicio al público, de acuerdo a las disposiciones aplicables XXI. Tomar conocimientos de las resoluciones y de la aplicación de las sanciones establecidas por la Contraloría, en términos de lo previsto por la Ley Orgánica y la Ley de Responsabilidades XXII. Determinar el criterio prevaleciente cuando exista contradicción de criterios generales sustentados por las Consejeras y Consejeros, en asuntos similares XXIII Emitir convocatoria pública y abierta para concursar por el cargo de titular del Centro de Justicia Alternativa, en términos de la Ley orgánica, pudiéndose apoyar para tal efecto del Instituto de Estudios Judiciales XXIV. Autorizar la apertura de los Presupuestos de Egresos del Tribunal y del Consejo, conforme a los montos autorizados por el Congreso y su distribución por programas, partida presupuestal y actividad institucional, calendarizando el presupuesto, vigilando que el mismo se ajuste a los montos autorizados legalmente XXV. Autorizar las adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obras públicas; así como aprobar los programas anuales correspondientes, de conformidad a la normatividad aplicable. XXVI. Autorizar la depuración periódica de los Billetes de Depósitos que se hayan ofrecido en garantía en cualquier proceso jurisdiccional, disponiendo que los recursos remanentes de estos Billetes formen parte del Fondo de Apoyo para la Administración de Justicia en el Distrito Federal XXVII. Autorizar las modificaciones de estructuras orgánicas, así como establecer las directrices para la administración de los recursos humanos del Poder Judicial. XXVIII. Autorizar y vigilar la aplicación del programa anual de conservación y baja de bienes muebles del Tribunal y del Consejo, previamente sancionado por el Comité de Enajenación de Bienes Muebles. XXIX. Autorizar y vigilar la aplicación del programa anual de conservación, uso, afectación y enajenación de bienes inmuebles del Tribunal y del Consejo. XXX. Establecer los lineamientos y políticas para el uso, asignación y aprovechamiento del parque vehicular, para el cumplimiento de los objetivos de las diversas áreas del Poder Judicial, así como vigilar su cumplimiento. XXXI. Aprobar las políticas en materia de informática y tecnologías de la información, que coadyuven en la optimización en el uso y la administración de los recursos del Poder Judicial, y propiciar las acciones tendientes a su modernización. XXXII. Determinar las políticas institucionales en materia de modernización, simplificación y mejoramiento administrativo de las Áreas de Apoyo Judicial y Administrativas. XXXIV. Las demás que se deriven de los ordenamientos jurídicos aplicables. SECCIÓN SEGUNDA DE LAS SESIONES PLENARIAS
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