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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
109

Artículo 109 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría es la encargada de supervisar todo el proceso de entrega y recepción de recursos (dinero, bienes o documentos) cuando un servidor público del Poder Judicial sale o entra a un cargo. Su trabajo incluye tres cosas: primero, dirigir y revisar que este trámite se haga bien, y atender cualquier aclaración que surja. Segundo, proponer reglas y formatos actualizados para que todo funcione correctamente. Y tercero, hacer cualquier otra tarea que le pida el Pleno del Consejo (el máximo órgano del Poder Judicial).

Texto oficial

Artículo 109.- En materia de entrega recepción de los recursos del Poder Judicial por parte de las personas servidoras públicas y aquellas obligadas a ello, además de las señaladas en la Ley Orgánica, a la Contraloría le corresponde: I. Conducir los procedimientos de entrega recepción, los relativos a las aclaraciones derivadas de estos, así como inspeccionar y vigilar su cabal cumplimiento en términos de la normatividad aplicable. II. Proponer la actualización y establecimiento de políticas, normas, instrumentos, manuales y demás para su correcta operación. III. Las demás que le instruya el Pleno del Consejo. SECCIÓN SEXTA DE LAS AUTORIDADES DE INVESTIGACIÓN, SUBSTANCIACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA AUTORIDAD INVESTIGADORA

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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