- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 12
Artículo 12 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una reunión del Consejo sea legal, solo se necesitan cinco consejeros presentes. Pero si no está la Presidenta o el Presidente (o quien oficialmente tenga que cubrirlo), la sesión no se puede llevar a cabo. Sin esa persona, no pueden tomar decisiones válidas, aunque haya otros consejeros.
Texto oficial
Artículo 12.- Para que la sesión del Pleno del Consejo sea válida, bastará la presencia de cinco Consejeras o Consejeros, pero no podrá sesionar sin la presencia de la Presidenta o el Presidente del Consejo o de quien lo supla legalmente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.