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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
137

Artículo 137 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo se va a encargar de crear un sistema, llamado Servicio Civil de Carrera Administrativa, para que los trabajadores del Poder Judicial sean escogidos, suban de puesto, se capaciten y sean evaluados de manera justa. Esto se hace para que el trabajo administrativo en los juzgados sea más profesional. Todo esto debe seguir las reglas que el mismo Consejo va a publicar después.

Texto oficial

Artículo 137.- El Consejo proveerá lo necesario para impulsar el Servicio Civil de Carrera Administrativa como un modelo de selección, ingreso, promoción, capacitación y evaluación del desempeño para la profesionalización de la actividad administrativa del Poder Judicial, de conformidad con el Reglamento que para tal efecto emita el propio Consejo. TÍTULO CUARTO DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DEL CONSEJO CAPITULO I DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS JUDICIALES

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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