- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 146
Artículo 146 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses (el que hace los estudios y análisis para los juicios, como pruebas de ADN o balística) debe tener suficientes empleados y áreas especializadas para hacer bien su trabajo. Todo esto se organiza según su propio reglamento interno y las reglas que aprueben los miembros del Consejo. La idea es que siempre puedan cumplir con sus tareas de manera rápida y efectiva.
Texto oficial
Artículo 146.- El Instituto de Servicios Periciales y Ciencias Forenses contará con la estructura orgánica y de personal especializado y operativo suficiente para garantizar el oportuno y eficaz cumplimiento de sus atribuciones según lo previsto tanto en su Reglamento Interno, como en los Acuerdos que apruebe el Pleno del Consejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.