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Ley
Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Artículo
39

Artículo 39 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que la Comisión de Administración y Presupuesto pueda llevar a cabo una sesión, se necesita que estén presentes al menos dos de sus miembros. Si no hay al menos dos personas, no se puede hacer la reunión ni tomar acuerdos.

Texto oficial

Artículo 39.- La Comisión de Administración y Presupuesto sólo podrá sesionar encontrándose presentes cuando menos dos de sus integrantes.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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