- Ley
- Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
- Artículo
- 71
Artículo 71 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona encargada de la Secretaría Técnica de la Comisión de Administración y Presupuesto tiene la obligación de guardar y cuidar las actas (los documentos donde se escribe lo que se acordó en las juntas) que ya hayan firmado todos los miembros de la Comisión. Su trabajo es mantenerlas seguras para que quede un registro oficial y un archivo ordenado de lo que se decide. En pocas palabras, ella o él es el responsable de no perder esos papeles importantes y de tenerlos a la mano cuando se necesiten.
Texto oficial
Artículo 71.- La persona titular de la Secretaria Técnica de la Comisión de Administración y Presupuesto deberá conservar bajo su resguardo, las actas firmadas por las y los integrantes de la Comisión, para el registro y archivo correspondiente. SECCIÓN UNICA DE LAS LICENCIAS
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