- Ley
- Reglamento Interior INE CDMX
- Artículo
- 27
Artículo 27 del Reglamento Interior INE CDMX
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que están al frente de las áreas técnicas dentro del Instituto deben ponerse de acuerdo con el jefe de la Secretaría Ejecutiva sobre los temas que les toca manejar. También tienen que cumplir las órdenes que les den el Consejo General, las Comisiones y otros jefes, siempre que esas órdenes estén dentro de lo que les corresponde hacer. Tienen que ir a juntas y reuniones cuando los inviten, y después contarles a los jefes de lo que se habló y de los acuerdos a los que se llegó. Además, deben entregar informes, datos o documentos cuando se los pidan los consejeros u otros mando, y avisarles a los jefes de la Secretaría Ejecutiva o Administrativa cuando eso pase. También les toca hacer el borrador del plan anual de trabajo y del presupuesto de su área, y presentarlo a los jefes para que lo revisen. Otra función es supervisar que los proyectos de su área se cumplan a tiempo y según lo aprobado. Por último, deben dar su opinión técnica cuando se las pidan sobre algún asunto que les corresponda, coordinar a su equipo de trabajo y dar la información necesaria para que se pueda reportar cómo va el gasto del Instituto.
Texto oficial
Artículo 27. Para el cumplimiento de sus atribuciones, las y los Titulares de los Órganos Técnicos tendrán las siguientes funciones: Acordar con el o la Titular de la Secretaría Ejecutiva los asuntos de su competencia; Cumplir las instrucciones que emita el Consejo General, las Comisiones, los Comités, la Junta y las personas Titulares de las Secretarías Ejecutiva y Administrativa, en el ámbito de sus atribuciones; Asistir a las sesiones y reuniones de trabajo de las Comisiones y Comités, cuando así lo soliciten las Presidencias de los mismos, por tratarse de asuntos de su competencia e informar a las Secretarías Ejecutiva y Administrativa en el ámbito de sus atribuciones, los asuntos tratados y los acuerdos tomados; Asistir a las sesiones de la Junta en su calidad de invitadas e invitados; Asistir a las reuniones de trabajo convocadas por quien ostente la Titularidad de la Secretaría Ejecutiva, en su caso, por la Secretaría Administrativa en el ámbito de sus atribuciones; Asistir a las sesiones de los Comités de los que formen parte, en los que funjan como vocales, asesoras y asesores o invitadas e invitados; Proporcionar los informes, datos y documentos que les soliciten, la Presidencia del Consejo General, las Comisiones, los Comités, Consejeras y Consejeros Electorales, la Junta, las Secretarías Ejecutiva y Administrativa, haciendo del conocimiento tal circunstancia a estos últimos, según corresponda; Formular los anteproyectos del Programa Operativo Anual y de presupuesto de la Unidad Técnica a su cargo y presentarlos a las Secretarías Ejecutiva o Administrativa, de conformidad con los criterios generales y los procedimientos aprobados por la Junta; Presentar para la consideración de las Secretarías Ejecutiva y Administrativa, en el ámbito de sus atribuciones, los proyectos de procedimientos administrativos necesarios para el desarrollo de sus atribuciones; Supervisar el cumplimiento de los proyectos contenidos en las fichas del Programa Operativo Anual aprobado por el Consejo General, correspondientes a su área, así como la realización de las actividades conforme al calendario respectivo; Emitir dictámenes y opiniones en el marco de su competencia sobre asuntos que le solicite el Consejo General, las Comisiones, los Comités, la Presidencia del Consejo General, las Consejeras y los Consejeros Electorales, las Secretarías Ejecutiva y Administrativa y la Junta; Coordinar y supervisar el funcionamiento de las áreas a su cargo; Proporcionar la información necesaria, a efecto de que la Junta y la Secretaría Administrativa estén en posibilidad de rendir el informe del avance programático-presupuestal y el ejercicio del gasto del Instituto Electoral; y Las demás que les confiera el Código y la normativa que rige al Instituto Electoral. SECCIÓN SEGUNDA De la Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión. Atribuciones
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