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Ley
Reglamento Interior INE CDMX
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento Interior INE CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jefes de las Direcciones Ejecutivas deben coordinarse con la Secretaría Ejecutiva para tratar los temas que les toca atender. También tienen que cumplir las órdenes que les den el Consejo General, los consejeros electorales, las comisiones, los comités, la Junta y la Secretaría Ejecutiva. Deben ir a las juntas y reuniones a las que los inviten, y participar en las sesiones de la Junta con derecho a opinar y votar. Además, elaboran el plan anual de trabajo y el presupuesto de su área, y se aseguran de que las actividades se realicen a tiempo y según lo aprobado. Por último, pueden proponer colaboraciones con otras instituciones y elegir a su propio equipo de oficina, siempre siguiendo las reglas del Instituto Electoral.

Texto oficial

Artículo 26. Para el cumplimiento de sus atribuciones, las y los Titulares de las Direcciones Ejecutivas tendrán las siguientes funciones: Acordar con la Secretaría Ejecutiva los asuntos de su competencia; Cumplir las instrucciones que emitan el Consejo General, las Consejeras y los Consejeros Electorales, las Comisiones, los Comités, la Junta y la Secretaría Ejecutiva; Asistir a las sesiones y reuniones de trabajo de las Comisiones y Comités a las que se les convoque; Integrar la Junta y asistir a sus sesiones con derecho a voz y voto; Asistir a las reuniones de trabajo convocadas por las Presidencias de las Comisiones o Comités, las Consejeras y los Consejeros Electorales, las Secretarías Ejecutiva y Administrativa; cuando se traten asuntos de su competencia; Asistir a las sesiones de los Comités de los que formen parte; Formular el anteproyecto del Programa Operativo Anual y el presupuesto de la Dirección Ejecutiva a su cargo y presentarlo a la Secretaría Administrativa, de conformidad con los criterios generales y los procedimientos aprobados por la Junta; Supervisar el cumplimiento de las actividades institucionales contenidas en las fichas descriptivas del Programa Operativo Anual aprobado por el Consejo General, correspondientes a su área, así como la realización de las actividades conforme al calendario respectivo; Presentar a la Secretaría Ejecutiva, para su remisión a la Junta, en la fecha que ésta determine, sus propuestas, según corresponda, para la integración de los programas institucionales establecidos en el Código; Coordinar y supervisar el funcionamiento de las áreas y del personal que integra la estructura de la Dirección Ejecutiva a su cargo; Proponer el establecimiento de vínculos interinstitucionales que contribuyan al desarrollo de sus actividades; Designar al personal adscrito a su oficina, de conformidad con la clasificación de designación directa que determine el Consejo General; y Las demás que les confiera la normativa que rige al Instituto Electoral. CAPÍTULO VIII De los Órganos Técnicos SECCIÓN PRIMERA De sus atribuciones

Ver texto oficial del Reglamento Interior INE CDMX (pág. 1) ↗

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