- Ley
- Reglamento Interior INE CDMX
- Artículo
- 38
Artículo 38 del Reglamento Interior INE CDMX
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Direcciones Distritales del Instituto Electoral trabajan según las reglas que marca el Código, el Reglamento, la Ley de Participación y otras normas internas. Los trabajadores de estas oficinas deben cumplir con las tareas que vienen escritas en el Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional. En pocas palabras, cada persona tiene funciones específicas que ya están definidas en ese catálogo.
Texto oficial
Artículo 38. Las Direcciones Distritales del Instituto Electoral se integran y funcionan de conformidad con lo establecido por el Código, el Reglamento, la Ley de Participación y demás normativa que rige al Instituto Electoral. Las funciones de los miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional que integren las Direcciones Distritales, se señalan en el Catálogo de Cargos y Puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.