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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
123 Bis

Artículo 123 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo le da una lista de tareas a la Dirección Ejecutiva de Normatividad y Consulta Inmobiliaria, que es como la oficina encargada de los terrenos y edificios que son propiedad del Gobierno de la Ciudad de México. Su trabajo incluye proponer las reglas para controlar, usar y aprovechar esos inmuebles, y también sugerir cómo deben ser los contratos que firmen las dependencias del gobierno y las alcaldías. Además, se encarga de asesorar a estas oficinas, dar su opinión sobre cómo usar los inmuebles, revisar quiénes los ocupan, y hasta puede aplicar multas si alguien no cumple con la ley. Por último, también maneja los trámites para recuperar inmuebles o quitar permisos cuando sea necesario.

Texto oficial

Artículo 123 Bis.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Normatividad y Consulta Inmobiliaria: Proponer la normatividad en materia de control, administración, aprovechamiento y explotación respecto de los bienes inmuebles propiedad de la Ciudad de México; Proponer los lineamientos de todo tipo de contratos inmobiliarios que elaboren o suscriban las Dependencias, Unidades Administrativas, los Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, así como las Alcaldías, que tengan competencia para ello; Colaborar en el establecimiento de los lineamientos para aceptar donaciones de inmuebles en favor de la Ciudad de México; Asesorar en materia inmobiliaria a las Dependencias, Unidades Administrativas, a los Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, así como las Alcaldías; Instrumentar las opiniones sobre el uso, aprovechamiento, destino y explotación de los inmuebles propiedad de la Ciudad de México para ser asignados a las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías; Participar en el control del padrón de asignatarios de los inmuebles propiedad de la Ciudad de México; Substanciar el procedimiento de revocación y caducidad de los permisos y autorizaciones respecto de inmuebles propiedad de la Ciudad de México, proponiendo la determinación procedente; Fracción reformada G.O. CDMX 30/12/2024 Intervenir en la entrega-recepción de los inmuebles que incidan en el patrimonio inmobiliario de la Ciudad de México, así como formalizar las asignaciones; Gestionar y promover en el ámbito de su competencia, las recuperaciones administrativas y judiciales; Determinar e imponer las sanciones contenidas en la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público, y en su caso remitir a la autoridad fiscal para el procedimiento administrativo de ejecución; Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; y Las demás que le sean conferidas por la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario y las que le otorguen otros ordenamientos jurídicos o administrativos.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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